Bizum, tarjetas y cuentas: qué cambia desde el 1 de enero de 2026 (y cómo prepararte)
Resumen rápido: qué se informará y con qué frecuencia
| Bloque | Qué se informa | Frecuencia |
|---|---|---|
| Cuentas (bancos y cuentas de pago) | Existencia e identificación de cuentas y datos de titulares/ autorizados, etc. | Mensual |
| Cuentas (datos “económicos”) | Saldos a 31/12, saldo medio del último trimestre y totales anuales de cargos/abonos | Anual (en la declaración del último mes del año) |
| Cobros con tarjeta y Bizum (actividad) | Cobros recibidos por empresarios y profesionales a través de tarjetas y sistemas asociados a móvil (Bizum o equivalentes) | Mensual |
| Operaciones con tarjetas (umbral) | Información anual sobre operaciones con cualquier clase de tarjeta, con exclusión general por debajo de umbral | Anual (umbral general: 25.000 €) |
1) Más información bancaria para Hacienda (cuentas bancarias y no bancarias)
La reforma amplía el deber de información a todo tipo de cuentas, incluidas las cuentas de pago gestionadas por entidades de pago y de dinero electrónico (no solo bancos tradicionales).
Qué se comunicará cada mes
- Identificación de la cuenta.
- Datos identificativos de titulares, autorizados y otras personas con poderes de disposición.
Qué se comunicará una vez al año
- Saldo a 31 de diciembre.
- Saldo medio del último trimestre.
- Totales anuales de cargos y abonos (movimientos agregados).
2) Pagos con tarjeta y Bizum: qué cambia si cobras como profesional o empresa
A partir de 2026 se refuerza la información sobre cobros de empresarios y profesionales adheridos a sistemas de cobro mediante tarjeta y también mediante móvil (Bizum o sistemas equivalentes).
Lo más importante: periodicidad mensual y sin “importe mínimo”
La información pasará a remitirse con periodicidad mensual y, en este contexto, desaparece el umbral anual neto que existía para determinados cobros.
¿Los Bizum entre particulares se comunican automáticamente?
No. La obligación se centra en cobros recibidos por empresarios y profesionales. En su nota aclaratoria, el Ministerio de Hacienda insiste en que los cobros entre particulares quedan excluidos.
¿Hacienda recibirá el detalle operación por operación?
La aclaración oficial indica que se reportará información mensual acumulada por cada empresario o profesional, y no necesariamente la operación una a una.
Fuente oficial aclaratoria (Bizum): Nota aclaratoria del Ministerio de Hacienda sobre los pagos por Bizum (15/12/2025)
3) Efectivo, préstamos y tarjetas: recordatorios clave
Además, se mantienen (y se amplía el número de entidades obligadas a informar) obligaciones ya conocidas, como:
- Préstamos con saldo superior a 6.000 €.
- Movimientos de efectivo superiores a 3.000 €.
- Operaciones con tarjetas: reporte anual cuando aplique y con el umbral general de 25.000 € para centrar el esfuerzo informativo.
4) Qué está haciendo Hacienda para que el cambio sea “progresivo”
La Agencia Tributaria ha explicado que las entidades se están preparando para remitir la información con la nueva periodicidad, y que se han impulsado actuaciones informativas (comunicaciones, seminario web y preguntas frecuentes).
Fuente (AEAT): Actualización de las obligaciones informativas financieras 2026 (AEAT)
Checklist Medalva: cómo prepararte sin sustos
- Separa lo personal de lo profesional (cuenta y medios de cobro diferenciados).
- Conciliación mensual: que cobros (TPV/Bizum/pasarelas) cuadren con facturas y registros.
- Control de TPVs, pasarelas y cuentas destino: inventario y cambios (altas/bajas) durante el año.
- Cuida el efectivo: en operaciones con empresarios/profesionales, evita pagos en efectivo por encima del límite legal y prioriza medios identificables.
Si quieres revisar cómo puede afectarte esta reforma en tu caso (según tu sector y forma de cobro), en Medalva estamos a tu disposición.

Contenido supervisado por Estrella Álvarez, CEO de Medalva y asesora fiscal.